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Reglamentos Punto180

Cada uno de nuestros espacios tiene lineamientos pensados para brindar la mejor experiencia a todos los miembros y visitantes. Elige el reglamento que deseas consultar y encuentra la información de forma rápida y sencilla.

Reglamento General de Convivencia

1. COMPROMISO COMUNITARIO Y MARCO DE APLICACIÓN

Nuestra comunidad en Punto 180 Coworking prospera gracias al entendimiento compartido y al respeto mutuo. Este reglamento ha sido diseñado para asegurar un entorno que potencie el bienestar, la productividad y la cohesión de nuestra comunidad. Para que todo fluya mejor, aquí van algunas reglas básicas de convivencia.

 

2. GLOSARIO

Para facilitar la claridad de nuestros compromisos, definimos los siguientes conceptos:

 

  • Empresa: Inmobiliaria Carbem S. de R. L. de C. V., administradora del inmueble; para efectos de este reglamento, opera como Punto 180 Coworking.

  • Edificio: Al inmueble ubicado en Av. Universidad Ote. #180, en Querétaro, Qro.; también llamado Punto 180 Centro.

  • Administración: Empresa encargada de prestación de servicios integrales de Oficina,  Coworking y arrendamiento de espacios del Edificio.

  • Oficina: Al espacio que es objeto de los Contratos de Arrendamiento.

  • Coworking: Al espacio que es objeto de los Contratos de Coworking.

  • Contrato: A todos aquellos contratos de arrendamiento celebrados por la Empresa con sus Arrendatarios y Clientes externos.

  • Arrendatario: Persona física o moral que posee el uso de una oficina privada.

  • Cliente: Persona física que utiliza los servicios integrales del Edificio.

  • Visitante: Persona externa que acude por arrendamiento temporal, por invitación de un miembro o para consumir servicios de negocios aliados. 

  • Recepción: Al punto central de atención, primer contacto y soporte administrativo de Punto 180 Centro; se encuentra en el Nivel 1 del Edificio.

  • Vigilancia: Al equipo humano y técnico encargado de cuidar la seguridad de todos y la integridad física del edificio, ​​recibe órdenes directas únicamente de la Administración.

  • Servicios Adicionales:  Prestaciones con costo extra como cajones de estacionamiento, bodegas, coffee break para eventos y renta de salas de juntas.

  • Áreas Comunes: Espacios que funcionan como amenidades no privativas, incluyendo pasillos, elevadores, escaleras, baños generales, salas de juntas y salas especiales.

  • Salas de juntas y salas especiales: Espacios de reunión o trabajo especializado que se rentan por hora; incluyen Sala de Capacitación, Sala de Podcast y Estudio de Foto.

  • Áreas Compartidas:  Espacios al aire libre, que incluyen el Patio Coworking (Planta Baja), Terraza (Nivel 2), Roof Top y Pasillo de Servicio (Planta Baja).

 

3.  IDENTIFICACIÓN, DOMICILIO Y PROPIEDAD INTELECTUAL

 

Identidad y Domicilio Legal.

El inmueble es propiedad y está administrado por Inmobiliaria Carbem, S. de R.L. de C.V., con domicilio en Avenida Universidad Oriente #180, Barrio de la Cruz, Santiago de Querétaro, Qro., C.P. 76020.

Uso de Marca y Domicilio

Los usuarios están autorizados para utilizar el domicilio y el nombre comercial "Punto 180 Coworking" exclusivamente para fines comerciales vinculados a su contrato, siempre‬ y‬ cuando‬ en‬ nada‬ se‬ vea‬ afectada‬ la‬ imagen,‬ operación‬ y‬ el‬ buen‬ funcionamiento‬ del‬ Edificio.

 

Al término de la relación contractual, el usuario se obliga a eliminar el domicilio y cualquier referencia a la marca de su publicidad, papelería, redes sociales y sitios web en un plazo máximo de 60 días naturales.

 

4.  ACCESO Y HORARIOS DE OPERACIÓN

 
Protocolo de Identificación

El edificio utiliza tecnología de reconocimiento facial para los accesos a los espacios de Coworking. Para el uso del estacionamiento en el nivel S-2, se asignarán tarjetas de reconocimiento inalámbrico. En caso de pérdida de dichas tarjetas,

el usuario deberá pagar una reposición de $250.00 MXN (IVA incluido).

Área / Servicio

Horario

Observaciones

Edificio (General)

Oficinas Privadas

Recepción

Coworking

05:30 a.m. a 10:30 p.m.

Los Arrendatarios disfrutan de acceso permanente

Lun. a Vie. 08:00 a.m. a 08:00 p.m.
​Sáb. 09:00 a.m. a 01:00 p.m.

Lun. a Vie. 08:00 a.m. a 08:00 p.m.

Acceso general controlado

Ingresos después de las 08:00 p.m.  requieren notificación previa

Registro de visita y paquetería

Uso exclusivo de
​áreas designadas

Días Inhábiles: El inmueble permanecerá cerrado los domingos y los días de descanso obligatorio estipulados por la Ley Federal del Trabajo.

5. REGISTROS Y VISITANTES

 

Registro Obligatorio

Toda persona externa debe registrarse al llegar: proveedores con el personal de vigilancia en la entrada y visitantes

de oficina, salas de juntas y salas especiales en la recepción principal.

 
Miembros y Visitas Recurrentes

Para mantener la equidad en el uso de los recursos, si una visita excede una frecuencia de 4 veces por semana o unaestancia de más de 6 horas consecutivas, se procederá al cobro de una membresía de acceso.

6. CONVIVENCIA Y AMBIENTE DE TRABAJO

Cultura de Respeto: Promovemos la diversidad y tolerancia.

No se permite la discriminación por origen, edad, credo, orientación sexual o discapacidad.

Ambiente Colaborativo:  Los miembros deben tratarse con cortesía y dignidad, evitando conductas que perturben la

actividad profesional de los demás usuarios.

Paz Acústica: El nivel de ruido no debe exceder los 55 decibelios (dB) en áreas comunes. Todos los usuarios deben moderar

su volumen si así se les solicita.

Tolerancia Cero: Queda estrictamente prohibido cualquier acto de acoso, hostigamiento, discriminación o violencia.

La administración investigará toda queja de manera inmediata y discreta.

Prohibiciones: Se prohíbe fumar (incluyendo dispositivos electrónicos), ingresar en estado de ebriedad o bajo influencia de narcóticos, así como realizar actos que comprometan la seguridad o la moralidad en el edificio.

7. USO DE ÁREAS COMUNES

 

Los Arrendatarios tendrán acceso a todas las áreas comunes ubicadas en la planta baja y en el nivel 1 del Edificio.
Los Visitantes sólo tendrán acceso a salas de juntas o salas especiales en compañía ya sea de un Arrendatario o de un
Cliente externo que haya pagado por su reserva previamente.
Mantenimiento

La limpieza es responsabilidad de todos. Les pedimos utilizar los aditamentos disponibles para dejar el espacio impecable

tras su uso. Para derrames accidentales que requieran limpieza profunda, favor de informar de inmediato a la administración.

 
Baños
  • Cuidado del Espacio: Ayuda a mantener el área seca y limpia. No arrojes papeles u objetos al inodoro que puedan obstruir  el drenaje

  • Reportes: Si notas alguna fuga, falta de insumos o desperfecto, favor de reportarlo de inmediato a Administración.

 
Cocina
  • Utensilios: Las tazas, recipientes (tuppers) y cubiertos son responsabilidad exclusiva del usuario.

  • Limpieza Inmediata: Es obligatorio lavar utensilios y limpiar superficies inmediatamente después de su uso.

  • Política de Café:  El café es un beneficio exclusivo para miembros activos. Para sus visitantes e invitados, los invitamos cordialmente a disfrutar de las opciones premium disponibles en Cafele .

  • Higiene en Refrigerador:  Para evitar olores y asegurar la salud de todos,cada viernes a las 5:00 PM se vaciará el refrigerador por completo. Los alimentos y recipientes (tuppers) que permanezcan en su interior serán desechados sin previo aviso.

 
Comedores
  • Zonificación: Los alimentos deben consumirse exclusivamente en las áreas designadas (cocinas y comedores). Queda estrictamente prohibido introducir comida a las oficinas, salas de juntas o áreas de coworking para evitar olores y manchas.

  • Cortesía: Al terminar, asegúrate de que las sillas y mesas queden limpias y en su lugar. Recuerda que en este espacio compartimos la responsabilidad de la higiene

 
Televisiones e Internet
  • Ancho de banda: Hacer un uso moderado y responsable para no afectar la conexión de los demás.

  • Ética Digital: Está prohibido utilizar el internet o las pantallas del edificio para consultar páginas o canales con contenido indebido, ilegal o que atente contra la moral y la sana convivencia de la comunidad.

 

8. SERVICIOS ADICIONALES Y AMENIDADES

 

  • Valet Parking: Servicio gratuito (propina voluntaria) presentando su boleto sellado por alguno de los establecimientos de Punto 180. Como medida preventiva, le pedimos conducir a velocidad reducida cuando el personal de valet no esté en turno.

  • Estacionamiento: El costo por cajón es de $500.00 MXN mensuales (sujeta a disponibilidad) y tiene exclusividad de uso solamente de lunes a viernes, salvo con previa aprobación de la Administración. El nivel S-2 tiene un límite de altura de 1.95 metros; el usuario asume responsabilidad total por daños derivados de ignorar esta restricción.

  • Bodegas: Los Arrendatarios de este servicio adicional serán responsables en todo momento del contenido interno de cada bodega. La Empresa no se hace responsable de cualquier daño, robo o extravío del contenido de dichas bodegas.

  • Paquetería: Recepción y Vigilancia pueden recibir paquetes y mensajería destinados a Arrendatarios – pero no dinero u objetos de valor para terceros – y la administración no asume responsabilidad por daños o por su salvaguarde prolongado (más de 48 hrs).

  • Impresiones: El servicio está limitado a hojas tamaño carta. Las impresiones que excedan su plan tendrán un costo de $1.00 MXN (IVA incluido) por hoja.

  • Internet:  Los Arrendatarios cuentan con una señal exclusiva, cuya contraseña no deberá ser compartida con personas ajenas a tu oficina. Se ofrecen otras señales para Visitas y Clientes, con límites de velocidad específicos.

  • Asistencia Técnica: Para una respuesta eficiente, toda solicitud de soporte debe enviarse por escrito vía correo electrónico o WhatsApp, o mediante el formato físico anónimo disponible en Recepción.

  • Terrazas y Roof Top: Para el uso de estos espacios, favor de consultar el REGLAMENTO DE ÁREAS COMPARTIDAS, ya que su uso para eventos especiales requiere permiso y tiene reglas propias

 

9. SALAS DE JUNTAS Y SALAS ESPECIALES

  • Reservaciones:  El uso es exclusivo con reserva previa vía correo o en recepción.

  • Horarios: Se podrán ocupar dentro de los horarios de atención de Recepción.

  • Costos:  Las horas de salas de juntas tienen un costo de $450.00 MXN (IVA incluido)  por hora para clientes externos.

  • Las horas adicionales al banco incluido en el contrato de Arrendatarios tendrán un costo de $225.00 MXN (IVA incluido)

  • por hora. Las horas no utilizadas no son acumulables. No se manejan horas parciales.

  • Cortesía Comunitaria:  Favor de desocupar y dejar limpia la sala 5 minutos antes de terminar su tiempo para permitir la entrada puntual del siguiente usuario.

  • Capacidad Máxima:  Por su seguridad y conforme a normas de Protección Civil, los usuarios deben respetar los límites de aforo máximo establecidos para cada sala.

 

10. GESTIÓN DE OFICINAS Y MOBILIARIO

 

Personalización

Cualquier cambio en el mobiliario o adecuación de Oficinas requiere aprobación escrita de la administración. Cualquier  mobiliario adicional menor, adornos o detalles corren por cuenta de los Arrendatarios. Sin embargo, la Empresa tiene derecho a poner restricciones sobre personalizaciones a las Oficinas y al Edificio.

Aire Acondicionado

El uso del aire acondicionado en las Oficinas y en la Zona de Coworking es ilimitado, pero la Empresa tendrá el derecho y potestad de apagarlo cuando juzgue necesario y especialmente si las Oficinas, Sala de Juntas, Salas Especiales o la Zona de Coworking se encuentran desocupadas, para evitar el desperdicio de energía.

 

Devolución

Al terminar el Contrato, se realizará un inventario comparativo con fotos originales. Si existen daños por mal uso, el arrendatario deberá cubrir la reparación con base en los presupuestos que presente la empresa.

11. INCUMPLIMIENTOS Y SANCIONES

Cualquier conducta que atente contra la armonía de Punto 180 Coworking, como actos de violencia, daños intencionales a las instalaciones, faltas de honradez o el descuido de las medidas de seguridad, será sancionada por la Administración siguiendo los protocolos establecidos en el REGLAMENTO INTERNO DE PUNTO 180 CENTRO. El escalamiento de las sanciones desde una amonestación verbal hasta la rescisión inmediata del contrato o el aviso a las autoridades – se aplicará de forma congruente con lo dispuesto en dicho reglamento.

12. RESPONSABILIDADES

En materia de seguridad legal y patrimonial, los usuarios de Punto 180 Coworking quedan sujetos a lo siguiente:

  • Seguridad Legal y Ética: Todo usuario garantiza la licitud de sus recursos y actividades. En caso de cualquier investigación legal, el usuario asume la responsabilidad total y se obliga a mantener a la Empresa a salvo de cualquier conflicto. Para profundizar en los alcances de la Ley Nacional de Extinción de Dominio y las obligaciones de indemnización, los interesados deberán remitirse íntegramente a lo dispuesto en el REGLAMENTO INTERNO DE PUNTO 180 CENTRO.
     

  • Responsabilidad Civil: La Empresa no asume responsabilidad alguna por el robo, pérdida o daño de bienes personales, equipo o vehículos. Para conocer los límites detallados de esta exclusión de responsabilidad, se deberá consultar lo establecido en el REGLAMENTO INTERNO DE PUNTO 180 CENTRO, el cual rige de manera supletoria y obligatoria para todos los miembros.

 

El presente Reglamento será vigente, obligatorio y vinculante para todos los Arrendatarios y Clientes que tengan un contrato suscrito con la Empresa.

 

La Administración podrá actualizar este reglamento para mejorar la convivencia, notificando a la comunidad con 30 días hábiles de anticipación.

Fecha de última actualización: 25 de julio de 2026

Reglamento Interno
para Miembros Punto180

REGLAMENTO INTERNO DE USO PARA LOS CONTRATOS DE ARRENDAMIENTO Y CONTRATOS
DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS INTEGRALES DENTRO DE PUNTO180 CENTRO

1. COMPROMISO COMUNITARIO Y MARCO DE APLICACIÓN

Nuestra comunidad en Punto 180 Centro prospera gracias al entendimiento compartido y al respeto mutuo.

Las disposiciones aquí contenidas son de observancia obligatoria para Arrendatarios, Clientes, Asociados y Visitantes.

El uso de nuestras instalaciones implica la aceptación plena de este marco normativo, orientado a la excelencia profesional.

 

Punto 180 Centro alberga establecimientos independientes con reglamentación propia:

Punto 180 Coworking, ŌME (Estudio de ejercicio), Medspa, Cafele y la Galería.

2. GLOSARIO

Para facilitar la claridad de nuestros compromisos, definimos los siguientes conceptos:

 

  • Empresa: Inmobiliaria Carbem S. de R. L. de C. V., administradora del inmueble.

  • Edificio: Al inmueble ubicado en Av. Universidad Ote. #180, en Querétaro, Qro.; también llamado Punto 180 Centro.

  • Administración: Empresa encargada de prestación de servicios integrales de Oficina,  Coworking y arrendamiento de espacios del Edificio.

  • Contrato: A todos aquellos contratos de arrendamiento celebrados por la Empresa con sus Arrendatarios y Clientes externos.

  • Arrendatario: Persona física o moral que haya celebrado un contrato de arrendamiento con la Empresa.

  • Establecimiento: Los espacios comerciales operados por los Arrendatarios del Edificio.

  • Cliente: Persona física que utiliza los servicios integrales del Edificio.

  • Visitante: Persona externa que acude por arrendamiento temporal, por invitación de un miembro o para consumir servicios de negocios aliados. 

  • Vigilancia: Al equipo humano y técnico encargado de cuidar la seguridad de todos y la integridad física del edificio, ​​recibe órdenes directas únicamente de la Administración.

  • Servicios Adicionales:  Prestaciones con costo extra como cajones de estacionamiento, bodegas, coffee break para eventos y renta de salas de juntas.

  • Áreas Comunes: Espacios que funcionan como amenidades no privativas, incluyendo pasillos, elevadores, escaleras, baños generales, salas de juntas y salas especiales.

  • Áreas Compartidas:  Espacios al aire libre, que incluyen el Patio Coworking (Planta Baja), Terraza (Nivel 2), Roof Top y Pasillo de Servicio (Planta Baja).

 

3.  IDENTIFICACIÓN, DOMICILIO Y PROPIEDAD INTELECTUAL

 

Identidad y Domicilio Legal

El inmueble es propiedad y está administrado por Inmobiliaria Carbem, S. de R.L. de C.V., con domicilio en Avenida Universidad Oriente #180, Barrio de la Cruz, Santiago de Querétaro, Qro., C.P. 76020.

4.  ACCESO Y HORARIOS DE OPERACIÓN

 
Protocolo de Identificación

El edificio utiliza tecnología de reconocimiento facial para los accesos a los espacios de Punto 180 Coworking. Los demás espacios del Edificio son de libre acceso, con excepción del Pasillo de Servicio (Pasillo de Servicio) para el cual se requiere autorización por parte de la Administración y Vigilancia podrá aperturar las puertas correspondientes. 

 
Estacionamientos

El nivel S-1 del estacionamiento podrá ser operado con valet parking y se considera exclusivo para clientes del Edificio y sus Locales. El servicio de valet parking es gratuito (con propina voluntaria) presentando su boleto sellado por alguno de los establecimientos de Punto 180. Como medida preventiva, le pedimos conducir a velocidad reducida cuando el personal de valet no esté en turno.

El nivel S-2 del estacionamiento es de uso exclusivo para la Administración y Arrendatarios que hayan contratado los

cajones de estacionamiento correspondientes.

Área / Servicio

Horario

Observaciones

Edificio

Oficinas Privadas

Recepción

Acceso 24/7
05:30 a.m. a 10:30 p.m

*Excepto días festivos.

Servicio de. vigilancia
Acceso general controlado

Los Arrendatarios disfrutan de acceso permanente

Ingresos después de las 08:00 p.m.  requieren notificación previa

Lun. a Vie. 08:00 a.m. a 08:00 p.m.
​Sáb. 09:00 a.m. a 01:00 p.m.

Registro de visita y paquetería

Días Inhábiles: El inmueble permanecerá cerrado los domingos y los días de descanso obligatorio estipulados por la Ley Federal del Trabajo.

5. INSTALACIONES
 
Terrazas y Rooftop
Para el uso de estos espacios, favor de consultar el REGLAMENTO DE ÁREAS COMPARTIDAS, ya que su uso para eventos especiales requiere permiso y tiene reglas propias.
 
Personalización
Cualquier cambio en el mobiliario o adecuación de Oficinas requiere aprobación escrita de la administración. Cualquier  mobiliario adicional menor, adornos o detalles corren por cuenta de los Arrendatarios. Sin embargo, la Empresa tiene derecho a poner restricciones sobre personalizaciones a las Oficinas y al Edificio.

Aire Acondicionado
El uso del aire acondicionado en las Oficinas y en la Zona de Coworking es ilimitado, pero la Empresa tendrá el derecho y potestad de apagarlo cuando juzgue necesario y especialmente si las Oficinas, Sala de Juntas, Salas Especiales o la Zona de Coworking se encuentran desocupadas, para evitar el desperdicio de energía.

Asistencia Técnica
Para una respuesta eficiente, toda solicitud de soporte debe enviarse al personal de Administración por escrito, vía correo electrónico o WhatsApp
.
Devolución
Al terminar el Contrato, se realizará un inventario comparativo con fotos originales. Si existen daños por mal uso, el arrendatario deberá cubrir la reparación con base en los presupuestos que presente la empresa.

 
6. CÓDIGO ÉTICO
 

  • Cultura de Respeto: Promovemos la diversidad y tolerancia. No se permite la discriminación por origen, edad, credo, orientación sexual o discapacidad.

  • Paz Acústica: El nivel de ruido no debe exceder los 55 decibelios (dB) en áreas comunes. Todos los usuarios deben moderar su volumen si así se les solicita.

  • Tolerancia Cero: Queda estrictamente prohibido cualquier acto de acoso, hostigamiento, discriminación o violencia. La administración investigará toda queja de manera inmediata y discreta.

  • Prohibiciones: Se prohíbe fumar (incluyendo dispositivos electrónicos), ingresar en estado de ebriedad o bajo influencia de narcóticos, así como realizar actos que comprometan la seguridad o la moralidad en el edificio.

7. INCUMPLIMIENTOS

Se consideran actividades no permitidas para los Arrendatarios y los Clientes, así como a sus propios clientes, invitados y/o personal, dentro de las instalaciones del Edificio las siguientes:

 

  1. Engañar a la Empresa con documentos falsos.

  2. Incurrir, en faltas de honradez, en actos de violencia, amagos, injurias o malos tratamientos en contra de la Empresa, personal y/o terceros relacionados a ésta.

  3. Ocasionar, intencionalmente, perjuicios materiales en los edificios, obras, maquinaria, instrumentos, materias primas y demás objetos relacionados con el Edificio o terceros relacionados a éste.

  4. Comprometer, por su imprudencia o descuido inexcusable, la seguridad del establecimiento o de las personas que se encuentren en el Edificio.

  5. Revelar información confidencial o dar a conocer asuntos de carácter reservado, con perjuicio de la Empresa y/o terceros relacionados a ésta.

  6. Desobedecer a los representantes o personal de la Empresa, sin causa justificada, siempre que se trate de solicitudes razonables.

  7. Negarse a adoptar las medidas preventivas o a seguir los procedimientos indicados para evitar accidentes o enfermedades.

  8. Las análogas a las establecidas en las fracciones anteriores de igual manera graves y de consecuencias semejantes en lo que al trabajo se refiere.

8. SANCIONES

Facultades de la Administración

Cualquier daño o desperfecto ocasionado por el usuario, sus colaboradores, invitados o proveedores, será responsabilidad directa del miembro titular, quien deberá cubrir el costo total de reparación o reposición correspondiente; el importe generado deberá ser liquidado de manera inmediata una vez notificado por la Administración.

 

  • Exigir indemnización por daños a la infraestructura, mobiliario o sistemas del Edificio.

  • Prohibición estricta de fumar, ingresar en estado de ebriedad o bajo el influjo de estupefacientes.

  • Retirar a personas que alteren el orden o la moral.

 

Criterios de Sanción

Las prohibiciones contenidas en este reglamento y sus sanciones son enunciativas más no limitativas. La Empresa, por medio de la dirección y/o su personal, podrá aplicar las sanciones correspondientes previa tipificación de la conducta conforme a lo establecido en el presente, tomando siempre en consideración lo siguiente: 

 

a) El carácter intencional o no de la acción u omisión constitutiva de la infracción.

b) La gravedad de la infracción.

c) Los daños que se hubieren producido o puedan producirse.

d) La reincidencia del infractor.

 

Las sanciones previstas en el presente Reglamento se podrán notificar ya sea de manera personal en caso de incumplimientos menores, o por medio de correo electrónico en caso de incumplimientos mayores o reincidencias. En caso de incumplimiento, aplicaremos el siguiente escalamiento:

  1. Llamada de atención verbal.

  2. Notificación formal por escrito o correo electrónico.

  3. Rescisión de contrato (según la gravedad o reincidencia).

  4. Solicitud de retiro inmediato de las personas involucradas

  5. Aviso a las autoridades si la falta es grave

 

9. SEGURIDAD LEGAL Y ÉTICA

 

Extinción de Dominio 

Los usuarios son responsables de que no se realicen actividades ilícitas en sus espacios que comprometan al edificio bajo la Ley Nacional de Extinción de Dominio. El usuario garantiza que los recursos y bienes utilizados en su actividad son de procedencia lícita. Se obliga a notificar inmediatamente por escrito si fuese sujeto de cualquier investigación legal y a proporcionar documentación que acredite la licitud de sus actividades. El usuario se obliga a sacar en paz y a salvo a Inmobiliaria Carbem, S. de R.L. de C.V., eximiéndolo de toda responsabilidad y obligándolo a indemnizar a la misma en caso de cualquier procedimiento derivado de sus actos, ante cualquier procedimiento derivado de la Ley Nacional de Extinción de Dominio.

 

Responsabilidad Civil

Punto 180 Centro no se hace responsable por el robo, extravío o daño de objetos personales, vehículos, obras de arte o equipo técnico especializado dentro o fuera de los accesos controlados del Edificio. La custodia de bienes particulares es responsabilidad exclusiva del titular.

En términos de lo anterior, la Empresa no asume ningún tipo de responsabilidad por los objetos, bienes, información y/o documentación que los Arrendatarios y/o los Clientes mantengan en sus Oficinas y/o el Coworking, así como de los clientes, invitados, colaboradores, trabajadores y/o visitantes de los Arrendatarios y/o los Clientes que ingresen a las Oficinas y/o el Coworking.

10. DISPOSICIONES FINALES

El presente Reglamento será vigente, obligatorio y vinculante para todos los Arrendatarios y Clientes que tengan un contrato suscrito con la Empresa.

La Administración podrá actualizar este reglamento para mejorar la convivencia, notificando a la comunidad con 30 días hábiles de anticipación.

Fecha de última actualización: 17 de julio de 2026

Reglamento de Áreas Compartidas

CONSIDERANDOS

I. Que INMOBILIARIA CARBEM, S. DE R.L. DE C.V. (en lo sucesivo, la “Empresa” ), es la legítima administradora y poseedora del inmueble denominado “Punto 180 Centro”, con domicilio en Avenida Universidad Oriente #180, Col. Barrio de la Cruz, Santiago de Querétaro, Qro., C.P. 76020. II.  Que es voluntad de la Empresa establecer las disposiciones normativas que regulen de manera preventiva y profesional el uso de las áreas exteriores del inmueble, a fin de garantizar la seguridad, la preservación de la infraestructura y la sana convivencia de los Arrendatarios, Clientes y Visitantes. III. Que el uso de las instalaciones objeto de este instrumento implica la sujeción incondicional y el vínculo jurídico de los usuarios a las presentes normas y al REGLAMENTO INTERNO DE PUNTO 180 CENTRO vigente.

CAPÍTULO I: ALCANCE Y MARCO JURÍDICO

Artículo 1: Objeto. El presente reglamento tiene por objeto regular el uso, aprovechamiento, conservación y seguridad de las áreas exteriores de Punto 180 Centro, garantizando un entorno que potencie el bienestar y la productividad profesional de la comunidad.

 

Artículo 2: Áreas Sujetas a Regulación. Las disposiciones aquí contenidas son de observancia obligatoria para las denominadas “Áreas Compartidas”, las cuales comprenden:

  1. Pasillo de Servicio (Planta Baja).

  2. Patio Coworking (Planta Baja).

  3. Terrazas Comedor (Nivel 1)

  4. Terraza (Nivel 2).

  5. Rooftop (Azotea)

Artículo 3: Supletoriedad y Jerarquía.  Este documento es complementario al  REGLAMENTO INTERNO DE PUNTO 180 CENTRO. En caso de controversia o ambigüedad, prevalecerán las disposiciones dictadas por la Empresa y las normativas de seguridad y protección civil que la Empresa determine para salvaguardar la integridad del inmueble.

 

Artículo 4: Responsabilidad Civil. La Empresa no asume responsabilidad alguna por el robo, extravío o daño de objetos personales, vehículos o equipo técnico especializado dentro de las áreas compartidas. La custodia de bienes es responsabilidad exclusiva del usuario, quien renuncia a cualquier acción legal de reclamación contra la Empresa por estos conceptos.

 
 
CAPÍTULO II: MODALIDADES DE USO

 

Artículo 4: Uso Cotidiano. El acceso para uso cotidiano por parte de Arrendatarios, Clientes y Visitantes está supeditado a los siguientes horarios operativos:

Día

Horario de Acceso y Permanencia

Lunes a Viernes

Sábados

Domingos y días inhábiles

08:00 a.m. - 08:00 p.m.

08:00 a-m- - 01:00 p.m.

Cerrado (Salvo autorización expresa)

El acceso cotidiano para las Terrazas Comedor es exclusivo para Arrendatarios de oficinas privadas de Punto 180 Coworking

y sus Visitantes.

Artículo 5: Eventos Especiales. Cualquier actividad que exceda el uso casual o cotidiano (reuniones privadas, eventos sociales o corporativos de grupos grandes y/o con disposición de mobiliario), que pretenda realizarse incluso fuera de los horarios operativos, requiere:

  • Notificación por escrito a la Empresa con al menos una semana de anticipación.

  • Autorización expresa y comunicado por escrito por parte de la Empresa.

  • Pago de la cuota de recuperación o renta para las áreas de Patio Coworking, Terraza y Rooftop, determinada por el tabulador vigente dispuesto por la Empresa y con las excepciones dispuestas por la Empresa en este reglamento u otros contratos.

 

Artículo 6: Régimen Específico para ŌME. En virtud de los acuerdos de colaboración vigentes, el estudio ŌME podrá hacer uso de la Terraza (Nivel 2) sujeto a lo siguiente:

  • Uso exclusivo: estrictamente para eventos relacionados con su estudio de ejercicio; queda prohibido subarrendar o prestar el espacio para otros fines.

  • Reservación anticipada: Para hacer uso de la Terraza (Nivel 2) sin costo de renta, ŌME deberá solicitar la reserva con un mes de anticipación ante la Empresa, detallando fecha, horario y tipo de evento.

  • Cancelaciones y Multas: Cualquier cambio o cancelación debe avisarse con al menos 48 horas de anticipación. Si no se notifica a tiempo y el evento no se realiza (salvo por mal clima o causas de fuerza mayor), se aplicará una multa de $735.00 MXN por cada hora que haya sido reservada.

No obstante, los Clientes de ŌME tienen acceso restringido exclusivamente a dicha área y a sus baños designados, quedando estrictamente prohibido el uso de otras zonas de Punto 180 Centro o áreas generales para evitar aglomeraciones.

 
 
CAPÍTULO III: PROTECCIÓN DE INFRAESTRUCTURA

 

Artículo 7: Logística y mobiliario. Para cualquier movimiento de mobiliario, equipo técnico o materiales a las Áreas Compartidas, se deben seguir estas reglas:

  • Autorización: Todo mobiliario o equipo externo requiere permiso previo de la Empresa y solo se podrá ingresar en los horarios previamente asignados.

  • Protección del elevador: Es obligatorio usar las colchonetas de protección del edificio al trasladar objetos pesados o voluminosos en el elevador.

  • Modificación de áreas: Queda prohibido sustraer mobiliario de las áreas, alterar o modificar las instalaciones existentes.

  • Daños: Los usuarios serán responsables de reparar o cubrir económicamente cualquier daño ocasionado por ellos, sus invitados o proveedores. Las reparaciones deberán pagarse en un plazo máximo de 5 días tras la notificación.

Cualquier maniobra podrá ser supervisada por el personal de Empresa o Vigilancia.

Artículo 8: Pasillo de Servicio (Planta Baja).  Este espacio se define como de uso restringido para logística, tránsito de servicios de soporte y gestión de residuos. Queda prohibida su obstrucción o utilización como área de estancia, socialización o almacenamiento no autorizado.

Artículo 9: Capacidades máximas.  Por estrictas medidas de Protección Civil y seguridad estructural, se establecen los siguientes límites máximos:

Área Compartida

Afoto (Capacidad Máxima)

Patio Coworking

Terraza comedor

Terraza (Nivel 2)

Rooftop (Azotea)

60 personas

35 personas, cada una

100 personas

130 personas

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